8 de abril de 2026
La urgencia de una lectura desde el derecho civil al mercado de donación de óvulos
Esto refleja la llamada “reproducción estratificada”, como la reproducción de cuerpos con determinadas características (con base en criterios racistas, clasistas o xenófobos)[14]. Molas y Perler conectan esto con la formación de “cadenas globales de fertilidad” sostenidas por “legados coloniales” e “imaginarios discursivos post-coloniales”[15].
Adicionalmente, la dimensión transnacional de este fenómeno intensifica la estratificación, con lo cual tiene lugar una suerte de extractivismo a partir de la promoción del llamado “turismo reproductivo” y gracias a la configuración de un proceso de “biodisponibilidad”, como aquel por el cual ciertas poblaciones se vuelven disponibles para la extracción biológica debido a la precariedad económica[16].
Lejos de ser una elección neutral, aquí tiene lugar un fenómeno estructural en virtud del cual la marginalidad económica condiciona la libertad de elección y la autonomía, gracias a lo cual se genera una desigualdad geográfica que crea poblaciones de donantes “voluntarias” y, siguiendo el relato neoliberal, “empoderadas”.
En tal sentido, los intermediarios despliegan un discurso neoliberal de empoderamiento, pues las donantes son enmarcadas como “participantes astutas” tomando elecciones autónomas; los materiales publicitarios enfatizan la narrativa en torno a “ayudar a otros” y “hacer una diferencia”, reforzando el rol de las mujeres abnegadas siempre dispuestas a sacrificarse, incluso a sí mismas, por ayudar a los demás, como un destino fatal. Además, la transacción es presentada como mutuamente beneficiosa en lugar de extractiva.
Sin embargo, la investigación etnográfica revela los límites de esta supuesta “agencia”. Por ejemplo, las donantes describen la participación como un “trabajo secundario perfecto” necesario para la supervivencia económica, al tiempo que las madres solteras y mujeres divorciadas enfrentan “situaciones financieras desesperadas” que constriñen la decisión[17]; o, en contextos como el colombiano, también se vuelven blanco las universitarias.
Estas dinámicas de funcionamiento no deberían ser ignoradas, pues cuando la vulnerabilidad económica estructural impulsa la participación, la “elección” se convierte en una ficción que sirve a los intereses de mercado. Los marcos constitucionales que celebran la “elección autónoma”, sin abordar la desigualdad estructural, terminan validando la explotación.
Considerando lo dicho hasta aquí, el mercado no mercantiliza, entonces, solamente la capacidad reproductiva, como se dice en todos los contextos; sino que ofusca la mercantilización a través de un sofisticado marketing de identidad. Esto hace más difícil la intervención desde el derecho porque las mismas cortes validan el discurso de la “donación altruista” en lugar de analizar el problema del extractivismo reproductivo. Además, los receptores creen que están ejerciendo agencia en lugar de ser explotados por el mercadeo y la demanda generada por agencias y clínicas; al tiempo que las donantes internalizan narrativas de “ayudar a otros” en lugar de reconocer la compulsión económica.
III. La asimetría de información y altruism-washing como parámetros de valoración del consentimiento
El proceso de “donación” de óvulos involucra una intervención biomédica significativa con riesgos documentados, aunque persiste una brecha de conocimiento significativa por la ausencia de investigación seria y de carácter longitudinal que permita conocer el impacto real en la salud de las mujeres. Algunos de estos riesgos son la menopausia prematura, el síndrome de hiperestimulación ovárica (SHO), trastornos hormonales del estado de ánimo, hinchazón, dolor de cabeza, malestares físicos, estrés psicológico, torsión ovárica, lesiones intestinales, hemorragias, infecciones, complicaciones de anestesia[18].
A ello se suma una serie de incertidumbres a largo plazo, precisamente por la falta de estudios que indaguen en las consecuencias a largo plazo por la exposición hormonal repetida y su relación con posibles cánceres o su impacto en la fertilidad futura.
De manera general, los marcos de consentimiento informado presumen a sujetos autónomos con información completa sobre riesgos, libertad frente a la coerción, capacidad para negarse o retractarse sin ningún tipo de penalización, así como el acceso a otras alternativas. Sin embargo, en el mercado de donación de óvulos ocurre todo lo contrario: pues hay una divulgación limitada de los riesgos a largo plazo, presiones económicas externas, economías informales sin ningún tipo de protección para las mujeres, asesoría por parte de las clínicas e intermediarios con evidentes conflictos de interés y que están destinados al reclutamiento de mujeres y no a protegerlas y, por último, tampoco hay seguimiento longitudinal a las mujeres.
La conjunción de todos los factores enunciados conduce al altruism-washing, en virtud de lo cual la narrativa en torno al altruismo sirve a una función crucial de inhabilitación del consentimiento. Al enmarcar la transacción como donación se ofusca el esfuerzo realizado por la mujer (manipulación hormonal, tiempo clínico, recuperación), se enmascara la compulsión económica que impulsa la participación, se externalizan los riesgos para la salud a la “donante” como su “elección” y se previene la intervención del derecho limitando las posibilidades de reclamaciones vía responsabilidad civil. Además, se naturaliza sin el más mínimo cuestionamiento la intensa vigilancia biomédica a las donantes mediante procesos de disciplina farmacológica (con inyecciones hormonales diarias, cronometraje preciso, manejo de efectos secundarios), monitoreo constante mediante controles cuya necesidad no está demostrada en mujeres sanas, controles sobre el estilo de vida y las posibilidades de viajar a destinos de reproducción transfronterizos[19]. Valga la pena anotar que, frente al deseo de calificar estas formas de explotación como “trabajo”, esta vigilancia comporta una interferencia en la autonomía corporal que no sería admisible en ningún otro contexto laboral, pero que aquí se aceptan en virtud del funcionamiento de paradigmas individualistas liberales que asumen que el consentimiento neutraliza la explotación (pues si ella acordó, es legítimo), que la compensación iguala la dignidad (pues pagarle respeta su contribución y esfuerzo) y que el altruismo excusa el riesgo (pues los actos caritativos llevan su propia legitimidad moral).
Dicho esto, parecería claro que la provisión de óvulos no puede ser simultáneamente trabajo dignificado y transacción de mercado. Los riesgos clínicos, la vigilancia, la coerción económica y la estratificación (racializada muchas veces) comportan que ninguna dosis de “consentimiento informado” o “justa compensación” puede validar jurídicamente esta relación.
IV. El derecho a la identidad y los problemas del anonimato
Por último, considero relevante anotar que los mercados de donación de óvulos crean una tensión entre derechos que el derecho ha fallado en resolver satisfactoriamente, privilegiando normalmente aquellos alegados por los adultos que acceden a las tecnologías reproductivas, como donantes o receptores, frente al derecho a la identidad de quien es concebido, especialmente en relación con el derecho a conocer sus propios orígenes genéticos y biológicos, así como a poder acceder a información genética relevante y con impacto en su salud.
Esta elección favorece una suerte de asimetría de información en perjuicio del niño que nace, pues crecerá en un ambiente en el que no puede acceder a su historia genética completa; puede carecer de información médica hereditaria relevante; no puede conocer potenciales hermanos genéticos (por ejemplo, cuando se está frente a múltiples donaciones del mismo donante) y, en poblaciones pequeñas, enfrenta riesgos de consanguinidad.